REGLAMENTO (UE) 2023/1115 CONTRA LA DEFORESTACIÓN: ¿ESTÁ TU EMPRESA PREPARADA?

08.09.2025
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El Reglamento (UE) 2023/1115 (EUDR) cambia de forma radical la manera en que las empresas importan, comercializan y exportan productos como ganado bovino (incluyendo carne, cuero, etc.), cacao, café, aceite de palma, caucho, soja y madera (y todos los derivados: papel, cartón y determinados embalajes/impresos no íntegramente reciclados).

A partir del 30 de diciembre de 2025, estos productos solo podrán introducirse en el mercado de la UE si cumplen tres condiciones clave:

  1. Libres de deforestación à producidos en tierras sin deforestación tras el 31/12/2020.
  2. Cumplimiento legal à ajustados a la legislación del país de origen (suelo, medio ambiente, derechos humanos, laborales, fiscales, etc.).
  3. Declaración de diligencia debida (DDS) à presentación obligatoria antes de la comercialización.

DUE DILIGENCE STATEMENT (DDS)

¿En qué consiste exactamente la Due Diligence Statemnet (DDS)? Se trata de mucho más que un simple trámite: es el documento electrónico que cada empresa debe presentar en el sistema de información de la UE para demostrar, con datos verificables, que la empresa:

  1. Ha realizado la diligencia debida exigida por el Reglamento (recopilando toda la información requerida).
  2. Ha evaluado el riesgo de que el producto esté vinculado a deforestación o a incumplimientos legales.
  3. Ha aplicado medidas de mitigación en caso de detectar riesgos no despreciables, de modo que el riesgo final sea negligible.
  4. El producto cumple con el Reglamento (UE) 2023/1115.

AFECTACIÓN REGLAMENTO 2023/1115

El Reglamento impacta directamente en toda la cadena de suministro europea. No importa si eres una gran compañía o una pyme:

  • Operadores: normalmente, el primer comprador en la UE que pone el producto en el mercado. Deben aplicar un sistema de due diligence y presentar la DDS antes de comercializar.
  • Comerciantes: distribuidores, mayoristas o minoristas que comercializan productos ya introducidos en la UE. Deben conservar la información relativa a la DDS (procedente de los operadores) y mantener registros actualizados.

También impacta en importadores, exportadores y fabricantes europeos que utilicen estas materias primas.

OBLIGACIONES DOCUMENTALES

Toda la documentación requerida deberá conservarse y renovarse durante al menos 5 años en el sistema de información de la UE. Y, en caso de incumplimiento, las sanciones pueden llegar hasta el 4% de la facturación anual en la Unión Europea.

Para garantizar el cumplimiento, se recomienda:

  • Mapear y definir responsabilidades contractuales, creando un registro de proveedores con país, planta, volúmenes, etc.
  • Establecer cláusulas contractuales que aseguren: geocoordenadas de extracción de la materia prima, fecha de producción, cumplimiento de leyes nacionales y documentación comercial.
  • Solicitar al proveedor la evidencia del ID de la DDS ya presentada en el sistema.
  • Usar mapas de cubierta forestal, bases de datos de deforestación y riesgo del país, así como la información sobre la presencia de pueblos indígenas para la realizar adecuadamente la evaluación de riesgos.
  • En caso de riesgo, aplicar medidas de mitigación obligatorias.

IMPLICACIONES PARA EL OPERADOR

Los operadores no podrán comercializar un producto de los mencionados sin antes presentar la DDS.

Para ello, se debe presentar la DDS electrónicamente a través del sistema de información en el sistema designado por la Comisión (dependiendo de la guía nacional/autoridad competente). El sistema de información aplicable en España consiste en una herramienta en línea integrada en la plataforma TRACES. Tras presentarla, se recibe un ID de referencia que garantiza la trazabilidad: si se vende a un distribuidor dentro de la UE, se debe facilitar ese número.

Una vez presentada la DDS, será necesario actualizar tu sistema de due diligence al menos una vez al año. Las empresas que no sean pymes (no-SMEs) deberán además publicar un informe anual sobre su sistema de diligencia debida.

En Repaq, somos expertos en reglamentación de packaging y alimentos y te ofrecemos soporte integral para cumplir con el Reglamento 2023/1115:

  • Análisis de tu cadena de suministro para identificar posibles productos afectados y sus riesgos.
  • Identificación de los requisitos a solicitar a los proveedores nacionales o internacionales para garantizar la trazabilidad y geolocalización de los productos subministrados.

El plazo límite para cumplir es el 30 de diciembre de 2025 para la mayoría de las empresas y el 30 de junio de 2026 para micro/pequeñas empresas.

¿Quieres asegurarte de que tu empresa está lista?

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