Restricción a los plásticos monouso

30.06.2021
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La elevada funcionalidad de los plásticos provoca que este sea un material omnipresente en nuestra vida cotidiana. Sin embargo, su uso en aplicaciones efímeras, provocan que algunos modelos de producción sean lineales e ineficientes. Por esta razón se creó en 2019 la Directiva SUP relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico monouso en el medio ambiente.

Esta Directiva plantea nuevos modelos circulares que dan lugar a los envases reutilizables, con el objetivo principal de reducir los residuos generados por los sistemas monouso. También se centra en evitar que llegue la basura dispersa al medio marino, ya que el 80-85% de la basura marina es residuo plástico.

 

¿Qué envases plásticos se incluyen en la Directiva SUP?

De hecho, la directiva no afecta específicamente a envases, sino a diferentes elementos fabricados total o parcialmente con plástico y que por lo general son concebidos para utilizarse una única vez o durante un breve periodo de tiempo.

Directrices Directiva SUP

El pasado 7 de junio, la Comisión Europea publicó una guía interpretativa con el fin de aclarar cómo y a qué envases afecta esta Directiva en los países de la UE. En ella se encuentran definiciones y directrices que ayudan a comprender mejor la aplicación de la Directiva.

Se especifican conceptos como el contenido parcial o total de plástico y qué se ha de cumplir para que un envase sea de un solo uso.  También se definen criterios específicos para cada tipo de envase donde a través de esquemas se indica si están afectados o no por la SUP (envases que contienen frutos secos, vasos y recipientes de bebidas, envoltorios de alimentos, etc.).

 

¿Cómo afecta su aplicación?

Restricciones a la introducción del mercado

Se prohíben los siguientes productos de plástico:

    • -Cubiertos
    • -Platos
    • -Pajitas
    • -Bastoncillos de algodón
    • -Agitadores de bebidas
    • -Palitos destinados a sujetar globos
    • -Recipientes para alimentos y bebidas hechos de poliestirenos expandido
    • -Productos hechos de plástico oxodegradable

 

Obligaciones de marcado

Los artículos nombrados a continuación llevarán en el envase o en el propio producto un marcado visible, claramente legible e indeleble:

    • -Compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones.
    • -Toallitas húmedas (toallitas prehumedecidas para higiene personal y uso doméstico).
    • -Productos del tabaco con filtros y filtros comercializados para utilizarse en combinación con productos del tabaco.
    • -Vasos para bebidas.

 

Este marcado debe informar a los consumidores sobre las opciones adecuadas de gestión de residuos del producto o los tipos de eliminación de producto que deben evitarse para estos artículos y también de la presencia de plásticos en el producto.

plastic in product

El Reglamento 2020/2151 recoge las disposiciones de marcado donde se indica el modo, la posición, el tamaño... Por ejemplo, en los vasos de bebida está prohibido colocar el marcado bajo la base del vaso, ya que no es un lugar visible para que el consumidor sepa que ese artículo contiene plástico.

Responsabilidad ampliada del productor

Es aquí donde se aplica el principio de “quien contamina paga”. Los productores de los productos plásticos de un solo uso asumirán los costes de las siguientes actividades:

    • -Medidas de concienciación
    • -Recogida de residuos de los productos desechados en los sistemas públicos de recogida.
    • -Limpieza de los vertidos de basura dispersa generada por estos productos.
    • -Recogida de datos e información.

 

¿Cuándo entra en vigor?

La Directiva SUP debe ser traspuesta en ley por todos los países de la UE antes del próximo 3 de julio. Las normas sobre las restricciones a la introducción en el mercado y el marcado de productos se aplicarán a partir de ese mismo día, mientras que las medidas relativas a la responsabilidad ampliada del productor no se aplican hasta el 31 de diciembre de 2024.

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