Real Decreto de envases y sus residuos: novedades y alineación con el futuro reglamento europeo

25.01.2023
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El 2023 es el año para poner en marcha todos los propósitos de circularidad de envase. El pasado diciembre se publicó el borrador del Reglamento de envases y residuos de envases a nivel europeo y el Real Decreto 1055/2022 de envases y sus residuos a nivel estatal. Mientras que el RD es el texto definitivo, el Reglamento europeo todavía ha de pasar por una serie de fases antes de su aprobación final. Desde ya se deben implantar cambios impuestos en el territorio español, pero siempre teniendo en cuenta las futuras regulaciones europeas.

Toda compañía que quiera estar alineada con la sostenibilidad de envase habrá seguido las versiones anteriores del Real Decreto. Ha habido cambios sustanciales desde el 2021, pero ¿cuáles son las novedades del texto definitivo? En este artículo trataremos los aspectos fundamentales y finalmente haremos una comparativa con el borrador del reglamento europeo.

RepaQ te lo cuenta a continuación:

REAL DECRETO DE ENVASES: NOVEDADES

El texto regulatorio se basa en 5 pilares fundamentales: prevención, reutilización, reciclabilidad, reciclado y gestión de residuos. El gobierno aplica medidas y obligaciones basándose en estos conceptos para alcanzar los objetivos de reducción y reciclado para el 2025 y 2030, evolucionando de este modo hacia el modelo de economía circular.

Por ejemplo, este RD marca el objetivo de alcanzar una reducción del 20% de las botellas de plástico de un solo uso en 2030 respecto al 2022 (dicha reducción ya se indicó anteriormente en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados y la Directiva SUP.

Asimismo, este documento recoge el nuevo concepto de “Productores de productos”, los cuales deberán inscribirse en el Registro de Productores de productos y notificar los envases puestos en el mercado anualmente. El primer año de reporte será el 2021, con un periodo de dos meses para incluir estos datos (del 1 de mayo al 31 de julio de 2023) y durante los dos meses consecutivos (del 1 de agosto al 31 de octubre de 2022) se deberá añadir la información relativa al año 2022.

PREVENCIÓN

Uno de los principales cambios es la prohibición de envasar frutas y hortalizas en una cantidad menor a 1,5kg. Esta obligación no afecta a las frutas y verduras que se envasen bajo una variedad protegida o registrada o bien cuenten con una indicación de calidad diferenciada o agricultura ecológica. Por otro lado, las frutas y hortalizas que presenten riesgo de deterioro cuando se vendan a granel podrán ser envasadas. Pero, ¿qué frutas y hortalizas pueden presentar “riesgo de deterioro”? El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación junto al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición publicarán una orden ministerial donde se señalarán las frutas y hortalizas que están exentas de esta prohibición. Esta publicación deberá publicarse antes del 28 de junio de 2023. Una vez se haya publicado esta orden, los comercios tendrán un plazo de seis meses para adaptar la venta.

REUTILIZACIÓN

También se han incluido medidas para aumentar el uso de envases comercializados. Por ejemplo, con la obligación de vender a granel frutas y verduras, se ofrece la opción a los consumidores de emplear envases reutilizables. Es el mismo consumidor quien se debe encargar de un buen acondicionamiento y limpieza del envase, aunque los comercios podrán impedir el uso si estos no cumplen con las condiciones de limpieza mínimos.

Por otro lado, la reutilización de envases de bebida en el canal doméstico implicará un ahorro de costes, ya que se disminuirá la fabricación y venta de este tipo de envases monouso y desaparecerá la gestión de los residuos porque estos no se van a generar.

RECICLABILIDAD Y RECICLADO

A través de este RD se pretende alcanzar una reciclabilidad del envase de calidad y una de las formas es la inclusión de plástico reciclado. Este documento recoge un contenido mínimo de plástico reciclado que deben cumplir los envases. Por ejemplo, en 2025 los envases de PET deberán contener al menos un 25% de plástico reciclado y el resto de envases deberán contener, como mínimo el 30% de plástico reciclado. La cantidad de material reciclado contenida en los envases deberá ser certificada mediante una entidad acreditada al amparo de la norma UNE-EN 15343:2008 de Plásticos reciclados. Para saber más sobre este tema te recomendamos nuestro artículo “Como demostrar el origen de plástico reciclado post consumo en envases”.

GESTIÓN DE RESIDUOS

En cuanto a la Responsabilidad ampliada del productor (RAP), las obligaciones afectarán a todas las categorías de envase: doméstico, comercial e industrial. La contribución a los sistemas colectivos de la RAP (SCRAP) considerará criterios de ecomodulación para cada tipología de envases, teniendo en cuenta su naturaleza, reciclabilidad adecuada (como el contenido de material reciclado), disruptores que afecten al reciclaje, etc.

El siguiente cuadro resume los nuevos objetivos y obligaciones recogidos en el RD:

Sin embargo, no debemos olvidar que el nuevo borrador del Reglamento europeo de envases y sus residuos se publicó a finales de año. Aunque solo es una versión preliminar, hay ciertas variaciones en algunos aspectos.

Se debe tener en cuenta que una vez se haya publicado el Reglamento, este es de publicación directa y no está sujeta a transposiciones. Por esta razón, no solo debemos estar actualizados sobre los cambios de este RD, sino que también debemos tener en cuenta los cambios que vaya a sufrir este Reglamento hasta su publicación final. Repaq ha elaborado esta línea del tiempo donde se contemplan las afectaciones directas, tanto del RD (nivel España) como del Reglamento (nivel europeo):

El borrador del Reglamento de envases y sus residuos todavía no ha establecido fecha límite para las siguientes obligaciones futuras:

  • Etiquetado:
    •  Indicación del contenedor donde deben depositarse los envases (sistema armonizado a nivel europeo).Etiquetado del compuesto del material del que está hecho el envase.
    • Condición SDDR del envase.
  • Obligación de compostabilidad de envases para:
    • Etiquetas en contacto directo con frutas y hortalizas.
    • Bolsas de plástico ligeras.

¿Quieres saber cómo afectan estos cambios a los envases de tu compañía? ¿Quieres empezar con el cambio? ¡Contáctanos!

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