Proyecto del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases

13.10.2021
Compartir en

El pasado 28 de septiembre entró en consulta pública el Proyecto del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases donde los ciudadanos, organizaciones y asociaciones pueden opinar a través de un formulario que facilita MITECO hasta el 28 de octubre.

Con el objetivo de avanzar en la economía circular, en este Real Decreto se establecen nuevos objetivos y medidas concretas para los envasadores, distribuidores y administraciones. Este proyecto tiene en cuenta los propósitos de la Directiva SUP y del Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados que actualmente se encuentra en fase de tramitación parlamentaria.

¿Cuáles son los puntos más destacables de este RD?

Este nuevo Real Decreto sustituirá a la normativa que lleva vigente desde hace más de 20 años. En esta nueva versión se profundizan alguno de los aspectos que os presentamos a continuación.

Prevención de envases

La prevención es la base fundamental en la jerarquía de residuos. Como resultado, el proyecto establece los siguientes objetivos:

  • Reducción del 50% de botellas para bebidas de plástico de un solo uso para 2030.
  • El 100% de los envases puestos en el mercado deben ser reciclables, y siempre que sea posible, reutilizables para 2030.

¿Cuáles son las medidas para conseguir estos resultados? Una de las medidas adoptadas para la consecución de estos objetivos es facilitar el consumo de agua en espacios públicos a través de fuentes o bien fomentar el uso de envases reutilizables. Es más, a partir del 1 de enero de 2023 se debe garantizar el acceso a agua potable no envasada.

Otra medida que contempla dicho proyecto es la prohibición de los envases de plástico para la venta de frutas y verduras en cantidades menores de 1,5 kg en los comercios minoristas. Además, en el caso de que el establecimiento sea mayor de 300 m2, se deberá informar a los clientes sobre sus obligaciones en cuanto a la devolución de envases reutilizables y la separación de los envases.

Reutilización de envases

Se fijan los siguientes objetivos en el canal HORECA:

  • Reutilización del 60% de los envases de agua envasada en 2030 (el 50% en 2025).
  • Reutilización del 90% de los envases de cerveza en 2030 (el 80% en 2025).
  • Reutilización del 80% de los envases de bebidas refrescantes en 2030 (el 70% en 2025).

Por otro lado, se establecen objetivos para envases comercializados en canal doméstico:

  • Reutilización del 20% de los envases para 2030 (el 10% en 2025).

También se implantan objetivos de reutilización para los envases comerciales e industriales:

  • Reutilización del 40% de los envases para 2025.
  • Reutilización del 50% de los envases para 2030.
  • Reutilización del 40% de los envases para 2035.

Para alcanzar estos objetivos se instauran medidas como suministrar envases reutilizables en el punto de venta o bien que el consumidor pueda llevar los suyos para ser rellenados en el establecimiento.

Otro factor destacable es que los establecimientos minoristas, dependiendo de su superficie comercial, deben ofrecer de una a siete referencias de bebida en envase reutilizable. Como consecuencia, los establecimientos minoristas también deben ofrecer un servicio de retorno de envases.

Diseño y reciclado de envases

Tener en cuenta el diseño y reciclado de envases es esencial para obtener su circularidad. Por esta razón, el Real Decreto introduce requisitos de contenido mínimo obligatorio de plástico reciclado en los envases de PET del 25% en 2025 y en los envases plásticos (todos) del 30% para 2030.

También se establecen requisitos de contenido mínimo obligatorio de plástico reciclado en determinados tipos de envase a partir de 2030:

  • 15% para botes, tarrinas y bandejas.
  • 25% en envases tipo bolsas.
  • 60% en palés.

Responsabilidad ampliada del productor (RAP)

Se extiende la RAP a los envases comerciales e industriales y también se establecen obligaciones generales y específicas según el tipo de envase: doméstico, comercial e industrial.

Como novedad se fijan medidas para promover el ecodiseño de envases basados en la economía circular y se detallan con exactitud los conceptos relativos a composición y naturaleza de los envases reutilizables, valorizables y reciclables.

Sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR)

El Real Decreto obliga establecer sistemas de depósito, devolución y retorno para envases reutilizables. Los envasadores deben cobrar una cantidad determinada por cada envase que se ponga en el mercado y aceptar su retorno devolviendo la cantidad cobrada. La tasa del envase será impuesta por el envasador.

En el caso de las botellas de plástico de un solo uso, este Real Decreto obliga a implantar un sistema de depósito, devolución y retorno si España no alcanza como mínimo una recogida separada en peso del 70% en 2023 y del 85% en 2027. Como resultado, los establecimientos y comercios tendrán un plazo de dos años para establecer un sistema de depósito, devolución y retorno. El precio del depósito deberá ser superior a los 0,10€/envase. El depósito se devolverá cuando se proceda la devolución del envase.

La presión legislativa actual es un factor determinante para el desarrollo e innovación de los envases actuales y que, además, siguen el camino de la sostenibilidad. Por esta razón, es imprescindible conocer los principales requisitos regulatorios para identificar las líneas de acción es nuestra compañía y realizar el cambio.

En Repaq somos expertos en el ámbito regulatorio que actualmente se encuentra en un primer plano. Si necesitas asesoramiento en este ámbito, ¡contacta con nosotros!

Top